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Forzar el matrimonio y el embarazo también es un crimen en la guerra

La Corte Penal Internacional calificó por primera vez estas prácticas la semana pasada en la sentencia de un antiguo niño soldado ugandés

INTERNACIONALES 09/02/2021 Isabel FERRER
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Mujeres y niñas fueron raptadas y obligadas a casarse con milicianos rebeldes en Uganda durante años. Ellas eran regaladas como esclavas sexuales y sus hijos eran entrenados para la guerra. La Corte Penal Internacional (CPI) calificó por primera vez la semana pasada el matrimonio forzado y posterior embarazo como un crimen contra la humanidad en la sentencia condenatoria contra uno de los comandantes detrás de estas prácticas, cometidas durante el conflicto en el país africano: Dominic Ongwen, antiguo niño soldado e integrante de la organización extremista cristiana Ejército de Resistencia del Señor, que pretende imponer un régimen teocrático. ”El matrimonio es un estado que se adquiere de forma voluntaria y que tiene efectos sociales, religiosos y personales que afectan a la intimidad de la persona. Si la víctima se ve atada de forma ilegítima, ello deriva en estigma social y en la pérdida de su dignidad”, concluyó el tribunal, que también ha condenado a Ongwen por secuestro, tortura y asesinato, incluso de bebés.


El precedente sentado por los jueces de la CPI, inspirado por una sentencia anterior del Tribunal Especial para la Antigua Yugoslavia, muestra el cambio operado en el abordaje y persecución de unos hechos vistos durante años como una consecuencia inevitable de la guerra y los conflictos armados. El camino recorrido por la justicia internacional hasta condenarlos como una violación de los derechos humanos ha sido largo, y el punto de inflexión lo marcaron a partir de los años noventa justamente dos tribunales penales creados ad hoc: el que persiguió el genocidio de Ruanda y el de la Antigua Yugoslavia (TPIY). El segundo juzgó a los principales responsables de las atrocidades perpetradas en la guerra de los Balcanes, y en 2001, dictó la primera sentencia de un tribunal internacional en Europa por violación como crimen contra la humanidad. Entre los tres condenados entonces por el TPIY figuraba Dragoljub Kunarac, comandante del Ejército serbio de Bosnia, al que se impuso una pena de 28 años de cárcel por tortura, violación sistemática de mujeres musulmanas bosnias y esclavitud sexual. Todo ello perpetrado entre 1992 y 1993 en Foca, al sureste de Sarajevo. El fallo creó jurisprudencia, y la Corte Penal Internacional, que abrió sus puertas en 2002, incluyó en su texto fundacional —el Estatuto de Roma— otros tipos de violencia sexual.

Debido a la evolución de la jurisprudencia en este campo, la violación y las agresiones sexuales también pueden constituir hoy genocidio y tortura, y ser un elemento de la esclavitud sexual o la prostitución forzada. Además, desde 2014, la Fiscalía de la CPI ha incorporado a su labor la perspectiva y el análisis de género, para que se aborde el efecto de estos delitos sobre las víctimas, sus familias y comunidades. Es cierto que, en la historia reciente, la violación apareció en 1919, junto con la prostitución forzada, en la comisión creada tras la Primera Guerra Mundial por los países aliados contra Alemania para investigar crímenes de guerra. Sin embargo, “en interés de la política diplomática de Europa, nadie fue enjuiciado”, a pesar de la documentación sobre violaciones masivas de mujeres en Bélgica y Francia por soldados alemanes, según ha escrito la costarricense Elizabeth Odio Benito, que fue jueza del TPIY y de la Corte Penal, y preside hoy la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

El sufrimiento de las mujeres violadas en las guerras fue invisible asimismo en la sentencia principal del Proceso de Núremberg (1945-1946), que sancionó las responsabilidades de algunos de los criminales de guerra más importantes del régimen nazi. Tampoco se formularon cargos por ello en el resto de las 12 causas posteriores, conocidas como los juicios de Núremberg. Cuando se había acreditado la violencia sexual perpetrada por tropas alemanas, rusas y japonesas. Según William Schabas, experto en Derecho Internacional y Humanitario, en Núremberg se escucharon testimonios de las violaciones, “pero no se les prestó la atención vista luego en los fallos de los tribunales para la antigua Yugoslavia y para Ruanda. Aunque mucho antes, los archivos históricos muestran que los movimientos de mujeres en pro del voto femenino ya se ocupaban de este asunto”. En conversación telefónica, añade que “la violencia sexual es un factor del método de la guerra, pero hay conflictos, como el de Israel y Palestina, donde no parece que sea significativa. En África, en cambio, víctima y agresor pertenecen a veces al mismo grupo”.

Generalizada y atroz

En el llamado proceso de Tokio (1946-1948) contra los criminales de guerra japoneses de la II Guerra Mundial, faltó la prostitución forzada de mujeres coreanas, y de otras partes de Asia, para satisfacer a los soldados nipones. Y Dorine Llanta, encargada de los programas de Justicia Internacional de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), sostiene que a la evolución de la sociedad se suma otro factor más cercano en el tiempo. En la guerra de la Antigua Yugoslavia la violencia sexual fue generalizada y atroz, ”y como los Balcanes están junto al mundo occidental, donde se toman las decisiones políticas de repercusión internacional, contemplar ese tipo de agresiones tan de cerca ha contribuido a que ya no se vea como algo tan normal en una guerra”, explica Llanta.

La experta reconoce la importancia del fallo en el caso de Dominic Ongwen, aunque lamenta la oportunidad perdida de incluir las agresiones sexuales padecidas por los hombres en este mismo caso. “Muy pocas víctimas cuentan su historia, y de ahí las dificultades de la Fiscalía para obtener pruebas que puedan confirmar luego los cargos. Como en otros lugares, en Uganda este tipo de violencia está estigmatizada, y es preciso dar voz a los pocos que están dispuestos a hablar”, sostiene Llanta.

Para Llanta, lo esencial ahora es actualizar y avanzar en la práctica de la política sobre crímenes sexuales y por motivos de género detallada en 2014 por la gambiana Fatou Bensouda, la actual fiscal. “Es uno de los mayores logros de su mandato y esperamos que sea mantenido como una prioridad por su sustituto: falta gente capacitada para abordar a las víctimas, y los juicios se prolongan años”. La CPI reconoce la brutalidad de la infancia de Ongwen, y no se descarta que la tengan en cuenta a la hora de imponer la pena, todavía por determinar, pero Schabas cree que el eco de su proceso traspasará igualmente las fronteras de Uganda. “Aunque la violación es delito allí y en otros lugares, que la justicia internacional castigue al matrimonio y embarazo forzados es muy importante”. Para que el eco persista, Llanta tiene un ideal: un tratado internacional contra la violencia sexual, reconocido por la ONU.

Fuente: El País

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