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Ley Olimpia: la historia de la joven mexicana que sufrió porno extorsión y las argentinas que buscan promover la norma

Olimpia tenía 18 años cuando se difundió un video íntimo. Lo que vino después fue el infierno. Su caso impulsó la reglamentación que condena a aquellas personas que extorsionan, amenazan y viralizan contenido íntimo sin consentimiento

NACIONALES 09/04/2021 Milton DEL MORAL
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Olimpia Coral y Belén San Román no se conocieron. Olimpia tiene ahora 26 años, la misma edad que tenía Belén cuando murió el viernes 4 de diciembre del año pasado, después de agonizar cinco días. Tal vez Olimpia haya oído hablar de Belén. Probablemente Belén no haya escuchado la historia de Olimpia: el nombre de una joven víctima de violencia digital y el nombre de una ley. Belén era argentina, agente de la Policía Bonaerense de Bragado, ciudad en la que nació y en la que se suicidó. Olimpia es mexicana, se reconoce defensora y feminista incómoda, se quiso suicidar tres veces.

Cuando tenía 18 años, era una estudiante destacada a nivel internacional en concursos de debate y oratoria. Vivía en Huauchinango, un pequeño pueblo de Puebla, en el centro de México. Tenía un novio desde hacía seis años. Se filmaron teniendo sexo. Él no aparecía en la filmación: ella sí. El video íntimo se difundió con virulencia y sin escrúpulos. Escaló en las redes sociales y en internet. Las redes sociales se burlaban de la “gordibuena de Huauchinango”. En las páginas pornográficas explotaban su identidad y le exigían dinero para borrar el contenido.


Su novio pasó a ser ex: la abandonó “por vergüenza”. Ella permaneció encerrada en su casa ocho meses. Intentó quitarse la vida tres veces: en una de ellas la salvó un amigo que pasaba por el puente al que había ido a arrojarse. “No sé si él se dio cuenta, pero me salvó la vida”, reconoció después, cuando la depresión se transformó en su lucha y las ganas de morir en el motor de su causa.

El peor día de su vida fue cuando su madre se enteró que todo el pueblo había visto un video de su hija desnuda. Olimpia le confesó que quería morirse y le pidió ayuda para hacerlo. Su madre, oriunda de una comunidad indígena y analfabeta, le dijo mirándola a los ojos: “Todas cogemos. Tu prima, tu hermana, yo. La diferencia es que a tí te ven hacerlo. Eso no te hace una mala persona o una delincuente. Sólo disfrutaste tu vida sexual como lo hace cualquier persona. Vergüenza sería que hubieras robado o matado”.


Olimpia dijo que en ese palabras encontró la sororidad. Entendió que la culpa no era de ella. Comprobó que no era la única persona de la que la gente se burlaba en las redes sociales. Vio desde su ventana a una mujer plácidamente caminando por la calle que todos sabían que había robado veinte pares de zapatos y se preguntó por qué ella no salía de su casa si no había hecho nada malo. Decidió ir al Ministerio Público a radicar la denuncia.

El oficial que la recibió le pidió el video como recurso de constatación del relato. Por primera vez vio cómo alguien la veía teniendo sexo desnuda desde un teléfono. El policía después de reírse y le lanzó: “No estabas ni borracha, ni drogada, ni te violaron. De acuerdo al código penal no hay delito”. Lo que le habían hecho no tenía nombre ni estaba tipificado en las leyes. Recopiló testimonios de otras mujeres que hubiesen pasado por lo mismo. Fundó el Frente Nacional para la Sororidad, dedicado al combate de la violencia en redes sociales, especialmente contra mujeres y niños.

Redactó una ley que denominó Reforma. La presentó en el Palacio Municipal de Puebla en marzo de 2014 con apenas 19 años. En el silencio se podían escuchar los susurros del público al ver en el estrado a la chica del video sexual. “Ustedes son los delincuentes, no yo”, les dijo, según apunta el medio británico BBC. Cuatro años después, en diciembre de 2018, el Congreso del estado de Puebla aprobó reformas al código penal en lo referente a delitos de violación contra la intimidad sexual para castigar con una pena de entre tres a seis años de cárcel a quien difunda fotografías o videos de carácter sexual sin consentimiento de los involucrados. El propósito de Olimpia se había cumplido. Una periodista le atribuyó, inocentemente, el mérito y en un artículo rebautizó la norma: todos empezaron a decirle Ley Olimpia.


La reglamentación se replicó en otros catorce estados mexicanos. El viernes 3 de diciembre de 2019 el Congreso de la Ciudad de México aprobó la norma que prevé condenas de hasta nueve años de prisión por crear o divulgar fotos y videos íntimos sin la aprobación de los actores. Al grito de “¡Sí se puede!” y de “¡Ni porno, ni venganza, la Ley Olimpia avanza!”, los colectivos feministas celebraron el avance en el otorgamiento de derechos. Casi un año después, el jueves 5 de noviembre de 2020, el Senado de la República aprobó por unanimidad, con 87 votos a favor, la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y al Código Penal Federal para castigar la violencia digital.

La Ley Olimpia impuso un nuevo artículo en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia: el sexto, el que habla de un nuevo concepto jurídico, la violencia digital. “Son los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, vídeos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, o cualquier otra acción que sea cometida a través de las tecnologías de la Información y la comunicación, plataformas de Internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones, o cualquier otro espacio digital y atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada o vulnere algún derecho humano de las mujeres”, reza la reforma.

El capítulo dos que trata la violación a la intimidad sexual precisa: “Comete el delito de violación a la intimidad sexual aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización. Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización”. La conducta será penada de tres a seis años de prisión más una multa, con el agravante del vínculo que puede triplicar la condena, hasta doce años.

El dictamen promulgado a nivel nacional modifica dos legislaciones con el propósito de erradicar la “pornovenganza”, la “sextorsión” contra mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes: comprende la violencia digital, la violencia mediática y la violación a la intimidad sexual. Volvió a la Cámara de Diputados de manera enriquecida donde se evaluarán las reformas del escrito original para su definitiva sanción.

La última euforia del colectivo feminista mexicano se desató el viernes 2 de abril. La policía de la Ciudad de México procedió por primera vez al ejercicio de la ley: detuvo a Alexis Rafael Valadez Vázquez, un hombre de 24 años que residía en Mérida, estado de Yucatán, y que se encargaba de difundir imágenes íntimas en las redes sociales para después extorsionar a las víctimas. El acusado -denunciado en 2018 por acoso sexual- hostigaba a la víctima a través de la aplicación de mensajes Telegram.

La activista mexicana Daniela Nicolini habló con Infobae México en una nota publicada en noviembre del año pasado. “Que exista, en materia legal, algo que pueda proteger y respaldar la seguridad digital es enorme y necesario, pero al mismo tiempo creo que la redacción de la ley es un poco confusa en ciertas cosas y puede ser problemático a la larga en cuanto a limitación de libertad de expresión”, consideró. Valoró, a su vez, la persistencia de los colectivos feministas que militaron la causa y la voluntad política de quienes escucharon: “El mensaje que manda el Congreso es que están siendo escuchadas y que se valora lo que piden. El reconocimiento es para ellas y después para los legisladores. Aunque sea ya se pretende hacer algo para cambiar la situación”.


En Argentina, Belén San Román murió rehén de su vergüenza sin una legislación que la cobijara. El 30 de noviembre de 2020 con su arma reglamentaria decidió quitarse la vida: era madre de dos niños. Se disparó en la cabeza porque no podía tolerar más la situación. Su ex novio, Tobías Villarruel, había viralizado un video y fotos íntimas suyas para extorsionarla, hostigarla, amenazarla. Asuntos Internos ya le había creado un sumario luego de que tuvieran acceso al contenido sexual de quien se desempeñaba en el Comando de Patrullas Rural desde hacía pocas semanas.

Tardó cinco días en morir en el hospital municipal de la ciudad de Bragado. Su ex pareja continúa detenido: ya había sido condenado por el robo a un comercio de Chivilcoy, su ciudad natal, en 2018. “Que la muerte de Belén y otras Belén no sean impunes. Que la celeridad prime por sobre lo conveniente, la violencia machista en distintas modalidades mata”, escribió Jorge San Román, el papá de la víctima, el mismo día que murió su hija.

La drástica determinación de Belén no fue la de Eliana Sotelo, Camila Frasca o Paula Sánchez Frega, otras víctimas argentinas que eligieron denunciar la difusión de material sexual íntimo y aún promocionan sus propias causas para visibilizar el drama que padecieron. Esperan, en simultáneo, el tratamiento en el Congreso de dos proyectos de ley unificados: uno presentado por la senadora por Tucumán, Silvia Elías de Pérez, y otro impulsado por la senadora por Santiago del Estero, Claudia Ledesma Abdala de Zamora. La iniciativa modifica el artículo 155 del Código Penal.


Para Sebastián Andrada, abogado querellante del caso de Sánchez Frega, el proyecto combinado tiene imperfecciones, vacíos legales. También para Celeste González, sex coach, instructora de la Educación Sexual Integral y militante ferviente de la causa contra la violencia mediática. “Ya leímos los dos proyectos por separado y ninguno se parece a la Ley Olimpia, ni se acercan. Nosotros estamos trabajando fuertemente para que se apruebe la Ley Olimpia acá en Argentina”, declaró.

“Es sumamente necesario que exista un marco legal que defienda y proteja a la víctima de este tipo de delitos. La Ley Olimpia abarca muchas cosas pero fundamentalmente pena con cárcel es a aquella persona que distribuya contenido íntimo, ya sean fotos o videos, por cualquier medio digital de cualquier persona sin su consentimiento. Hasta el día de hoy cualquier mujer que pone una denuncia porque subieron fotos suyas a grupos de whatsapp, porque viralizaron imágenes íntimas sin mi consentimiento, es rechazada. Hay un vacío enorme en el ámbito digital”, manifestó Celeste.

Mantiene diálogo constante con Alessandra Rojo, diputada mexicana y principal impulsora de la Ley Olimpia, y con Gustavo Saín, director nacional de Ciberseguridad. “Es importante entender la gravedad de este delito y concientizar a través de campañas para que estas personas que piensan que esto es un juego dejen de poner a la mujer frente a este tipo de situaciones. Nadie se merece que le estén viralizando fotos íntimas sin su consentimiento”, remarcó.


“Recibo infinidades de denuncias y de pedidos de ayudas de parte de mujeres -detalló González-. Son chicas que están sufriendo que un ex le viralizó contenido íntimo, chicas a las que están extorsionando, chicas absolutamente desamparadas. Por eso urgente que haya una ley que se trate en el Congreso. Y que no empiecen a hacer cambios del dictamen original. Debe existir una condena penal”.

Distinguió que detrás de su propuesta no se escuda ninguna organización social, ningún movimiento feminista, ningún partido político. Son mujeres hermanadas por una causa sin filiaciones, sin ideologías: “La idea es que este proyecto lo agarre cualquier funcionario y lo lleve al Congreso. Es una lucha de muchas pibas independientes, somos muchísimas mujeres empujando esta idea. Nos interesa que todas se sumen, sin importar su bandera política, esto debe unirnos a todas para terminar con la distribución de contenido íntimo sin consentimiento”.

“Si no tuviesen penas duras, estas leyes que están frenadas no van a funcionar. Conozco a miles de chicas que van a la comisaría y no le toman la denuncia porque no saben dónde encuadrarla, no saben qué delito tipificar. Es vital que esto termine y que avance un proyecto de ley limpio, que se tenga en cuenta la Ley Olimpia, que está siendo un éxito en México para que se apruebe acá y que tengamos una ley acorde a las necesidades de sus víctimas”, señaló Celeste González. Y confesó que trabaja sin descanso, comprometida para que no haya nuevas víctimas, para que no haya más casos como los de Olimpia y Belén.

Fuente: Infobae

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