google.com, pub-4701688879962596, DIRECT, f08c47fec0942fa0






 

El fiscal ante la Cámara Federal dispuso cerrar la causa por las visitas a Olivos contra Macri y los jueces Borinsky y Hornos

POLÍTICA 11/06/2022 Patricia Blanco*
G5XHYX6W7JG2LPUNBIRTRCMYP4-1024x576

La causa contra el ex presidente Mauricio Macri y los jueces de Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos quedó al borde del cierre. Es que el fiscal ante la Cámara Federal José Luis Agüero Iturbe firmó este viernes un dictamen en donde desistió de la apelación que había presentado la fiscal de instrucción Alejandra Mangano para mantener abierta la investigación. Sin apelación, el sobreseimiento queda firme. Para el funcionario, no hay duda de que los encuentros entre el ex jefe de Estado y los magistrados existieron, pero tampoco hay elementos para sostener que hubo un ilícito en esas visitas. El Ministerio Público sostuvo además que no se corroboró que las reuniones estuvieran orientadas a perjudicar a la ex presidenta Cristina Kirchner y su gobierno en causas judiciales.

“Es cierto que existieron los encuentros entre los magistrados y el representante del Poder Ejecutivo Nacional, ello se encuentra debidamente acreditado en autos; más allá de que no se corroboraron que ellos fueran en las fechas sindicadas por los denunciantes. Ahora bien, de lo acreditado no surge que estemos insertos en la denominada ‘guerra judicial’, que se hayan motivado en la intención de perjudicar a adversario político alguno”, afirmó el dictamen al que accedió Infobae.

Lo que llamó la atención del dictamen fue una suerte de crítica a la judicialización de la política y el constante inicio de denuncias en Comodoro Py contra la administración que se va. “Sea del color que sea o del singo político que correspondiere, se acercan a esta sede cuestiones que deben ser dirimidas en el plano de la política y no en el terreno judicial. De una u otra manera, si advertimos la acumulación de actuaciones de ambas fuerzas políticas iniciadas la mayoría bajo el turno de la fuerza gobernante en contra de la opositora”, pareciera volverse a “la historia pre institucional de nuestro país referida a los ‘juicios de residencia’” en tiempos de la Colonia. Esa situación, dijo el fiscal, no solo afecta la institucionalidad sino que “frente a una decisión judicial que ponga justo quicio de lo investigado deja en el público en general un sinsabor sobre la falta de justicia o coloquialmente el ‘aquí no pasa nada’, ‘nadie va preso’”.

Las visitas de los jueces de Casación a la residencia de Olivos y a la Casa Rosada habían sido denunciadas en marzo del 2021 por el hoy ministro de Justicia Martín Soria. Los diputados Rodoldo Tailhade, Eduardo Valdés y Leopoldo Moreau radicaron una denuncia penal para investigar estos hechos. Fueron planteados en el marco de la causa conocida como “mesa judicial”, pero luego esos hechos se desprendieron y recayeron ante el juez Marcelo Martínez De Giorgi.

Esas visitas se convirtieron también en un ancla de la defensa de Cristina Kirchner para pedir la revisión de la causa del Memorándum con Irán ante el Tribuna Oral Federal 8. Esa llave derivó en que los jueces del TOF cerraran la causa por inexistencia de delito. Es que Hornos y Borinsky, junto a la jueza Ana María Figueroa, fueron los jueces resolvieron reabrir la denuncia ya desestimada del fiscal Alberto Nisman en diciembre de 2016. La defensa de la Vicepresidenta y de los otros implicado vinculó en sus planteos los encuentros revelados recién este año con el entonces presidente Mauricio Macri. El TOF 8 resolvió hacer lugar a los planteos de sobreseimiento solicitados. Solo la jueza María Gabriela López Iñiguez analizó esas visitas, a diferencia de sus colegas Daniel Obligado y José Michilini.

A fines de abril, Martínez De Giorgi entendió que había que sobreseer a Macri, Hornos y Borinsky, al señalar que no está acreditado que “los encuentros entre el ex presidente de la Nación” y los jueces hayan implicado “una influencia indebida” del ex jefe de Estado “para la resolución de casos judiciales”. “Tampoco se obtuvieron evidencias, constancias documentales ni registros acerca de su contenido, situación que impide atribuirles valor determinado, y menos aún darle una connotación ilícita acorde a los términos, finalidad y encuadre legal que se indicó en la denuncia”, señaló. La fiscal Mangano entendió que había que seguir investigando.

Después de una serie de idas y vueltas por quiénes iban a ser los jueces a intervenir, los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia fijaron audiencia para el próximo 16 de junio para escuchar la apelación. Sin embargo, Agüero Iturbe presentó su escrito avisando que no sostenía la apelación de primera instancia.

Según el dictamen, “la reunión de un magistrado con quien ejerce el poder ejecutivo (de carácter unipersonal) en un período determinado no representa de por sí acción u omisión alguna reprimida por el catálogo penal de la nación. En tal sentido es posible afirmar que cualquier reunión entre un integrante de la administración púbica nacional o del Congreso de la Nación con un magistrado no se encuentra per sé prohibido bajo sanción penal. Los motivos de tales encuentros pueden resultar de distinta índole (sobre temas de coordinación, laborales, personales, etc.) sin que ello importe encuadre punitivo alguno”.

Y se añadió que “la eticidad de algunos encuentros entre miembros del poder judicial con el Presidente de la Nación no puede ser zanjada en esta jurisdicción y queda reservada a los resortes propios que la organización judicial previstos para analizar la conducta de sus magistrados, así como también los posee el Ministerio Público Fiscal”. En ese sentido, Agüero Iturbe afirmó que “sostener que de tales encuentros surge un accionar delictivo importa comprobar una conspiración tendiente a perjudicar a una persona sometida a proceso”, pero “en ningún caso, ni en los acreditados o en los supuestos, puede señalarse que las decisiones adoptadas por los magistrados mencionados hayan sido carentes de fundamentación acorde a las normas procesales que rigen su dictado o que resulten contrarias a la lógica forense o a una indebida interpretación de la norma sustantiva”.

Para Agüero Iturbe, “la intención de instalar en estas actuaciones la idea del ‘enemigo político’ nos aleja de toda finalidad del proceso penal conforme la manda del art. 193 del ritual, nos retrotrae a etapas tristemente célebres de nuestra historia institucional, y nos hecha a la arena del binomio amigo-enemigo, del todo ajeno a la faena judicial. La lucha del Poder Judicial como integrante del poder del estado, en este ámbito federal, es un accionar dirigido contra el narcotráfico, la trata de personas, el lavado de activos y la corrupción”.

“Es cierto que el maridaje político-judicial no resulta adecuado frente a la necesaria independencia judicial, pero ello no abarca a las relaciones interpersonales que pueden existir entre miembros de distintos poderes del Estado, sin que ello importe cometer un delito. Las motivaciones personales que llevan a cada ser humano a entablar relaciones con otro, sin importar el rango o jerarquía, no se encuentran prohibidas por el código punitivo. Que resulte bien o mal visto que un magistrado se encuentre con un político no es una cuestión que ataña a la justicia penal. A no ser que se encuentren elementos que acrediten la existencia de un contubernio dirigido a perjudicar de manera intencional a un ciudadano sometido bajo la jurisdicción del magistrado. Extremo que no se advierte en el caso”, se sostuvo.

Con esta decisión, la causa quedó en condiciones de ser cerrada con los sobreseimientos firmados.

* Para www.infobae.com

Últimas noticias
Te puede interesar
Lo más visto
google.com, pub-4701688879962596, DIRECT, f08c47fec0942fa0