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Fiscales apelan a la Corte nacional por los fueros de Traferri, el amigo de Perotti

POLÍTICA 20/08/2022 Agencia de Noticias del Interior
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Los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery recurrirán en queja a la Corte Suprema de la Nación (sería la semana próxima) para solicitar que declaren inconstitucionales los fueros que gozan los legisladores santafesinos para proceder a imputar al senador Armando Traferri (PJ-San Lorenzo) por el delito de asociación ilícita, entre otros, en relación a la investigación por juego clandestino.

Los fiscales habían solicitado a la Corte provincial que habilitara el recurso federal, pero por mayoría lo rechazó este miércoles, en una decisión que ratifica la de febrero pasado, cuando dijo que los fueros que impiden someter a proceso a Traferri son constitucionales.

 Agotada la instancia provincial, los fiscales van por la Corte nacional. El fiscal Schiappa Pietra recordó que “es el Estado nacional el que responde ante la comunidad internacional cuando se vulneran, por ejemplo, las convenciones contra la corrupción interamericana o de la ONU a las que adhirió el país”. Desde ese punto de vista se declaró optimista con respecto al tratamiento que reciba del tribunal que preside el santafesino Horacio Rosatti.

 “Esto va a poner el foco sobre Santa Fe. Que un Estado local comprometa los acuerdos que firmó el país es un problema. Las responsabilidades internacionales tienen un montón de implicancias”, afirmó el fiscal para quien el fallo de la Corte también pone en un brete a la provincia, porque que el Estado nacional tenga que asumir una responsabilidad internacional por culpa de Santa Fe, no le hace bien institucionalmente hablando”.

Ambos fiscales llevan adelante la investigación por juego clandestino y han dicho que tienen suficientes pruebas para imputar al legislador por asociación ilícita y otros delitos. Tras la negativa de la Cámara de Senadores de despojar de los fueron a Traferri y de la Corte provincial, se presentarán en queja ante el máximo tribunal argentino, que primero deberá analizar si le corresponde intervenir y luego analizará la cuestión de fondo; es decir si es inconstitucional parte del artículo 51 de la Constitución provincial, que impide someter a proceso a un legislador provincial, y el 27 del Código de Procedimientos Penales que explicita que en caso de haber “mérito para una acusación” como ocurre con Traferri “no se aplicarán las disposiciones que impliquen una sujeción al proceso”.

 Los fiscales señalan que se trata de un privilegio que rompe la igualdad ante la ley y contradice la Constitucional nacional y los tratados internacionales a los que el país adhirió. Tras un primer fallo en contra en primera instancia y a favor el de la instancia de apelación, la Corte resolvió en febrero pasado que los fueros son constitucionales y que Traferri no puede ser imputado hasta tanto deje de ser legislador.

 Este miércoles rechazó por 4 a 1 el recurso extraordinario federal que solicitaron los fiscales. Consultado por su voto en disidencia, el ministro Daniel Erbetta explicó que “tratándose de un tema de enorme trascendencia institucional, como es la protección de fueros parlamentarios, qué mejor que un tribunal superior revise la decisión nuestra” (en referencia a la Corte provincial).

 El ministro recordó el caso Ecos, que tuvo una enorme trascendencia e inquietud a nivel nacional. En ese caso, a pesar de que la Corte provincial, también por amplia mayoría, determinó la prescripción de la causa por el paso del tiempo, luego concedió el recurso extraordinario que solicitaron los familiares de los alumnos fallecidos para que la Corte nacional revise el fallo. De hecho, al igual que años antes lo había hecho con el caso Fraticelli, falló al revés que el tribunal provincial.

 Esta vez la mayoría de la Corte provincial resolvió no someterse al escrutinio del único tribunal superior que puede revisar y eventualmente cuestionar sus fallos. En este caso se da una controversia delicada: los fiscales Schiappa Pietra y Edery pedirán a la Corte nacional que haga un control de constitucionalidad sobre un fallo en el que la Corte provincial ejerció su potestad de control de constitucional que le da la carta magna provincial.

El cuestionamiento de la fiscalía radica en que al impedir que Traferri sea sometido a proceso, se entabla una contradicción con normativas superiores a la Constitución de Santa Fe, como la reforma Constitucional de 1994, tratados internacionales y la ley 25320 conocida como “ley de fueros”, votada en septiembre de 2000 después del escándalo por coimas en el Senado nacional, que fija que “el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión, sin necesidad de solicitar el desafuero del legislador”. Es decir a nivel nacional el proceso judicial puede instruirse como a cualquier ciudadano mientras no afecte los dos tipos de inmunidades legisladas: inmunidad de opinión y de arresto. Es el caso del juicio contra la vicepresidenta Fernández de Kirchner.

 En su voto, el ministro Erbetta dijo que “la presencia de una cuestión federal compleja no admite dudas, al postularse la incongruencia de normas de la Constitución de la Provincia de Santa Fe y de su Código Procesal Penal con disposiciones del capítulo primero de la Constitución nacional y de Tratados Internacionales suscriptos por nuestro país, teniendo la decisión de la causa relación directa e inmediata con la cuestión constitucional planteada”.

 Por el contrario, los jueces Rafael Gutiérrez, María Angélica Gastaldi, Roberto Falistocco (Ricardo Spuler está de licencia por enfermedad) se inclinaron por revalidar la autonomía que la Constitución Nacional le da a las provincias para organizar sus propios poderes. Gutiérrez, por ejemplo, afirma que “el alcance de los fueros parlamentarios en la Provincia es una cuestión de índole eminentemente local”.

 Para Falistocco, los fiscales “pretenden configurar como una cuestión federal lo que en verdad constituye una mera discrepancia” con la mayoría de la Corte, “denotando, en definitiva, la intención de renovar el debate acerca de la aplicación e interpretación de normas de derecho público local, que son ajenas a la instancia del artículo 14 de la ley 48”. Esa norma nacional es la que delimita la jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales.

 Los jueces de la mayoría en sus votos rechazaron otros planteos que expusieron los fiscales. Por ejemplo el de la razonabilidad de plazos. Falistocco afirma que la inmunidad de Traferri es “por la duración del mandato” por lo cual “supone un carácter transitorio, período en el cual se encontrará suspendida la prescripción de la acción”. Sin embargo en el planteo de los fiscales subyace que la inmunidad rige desde el día que son electos hasta que cesan. Por lo tanto si Traferri fuera reelecto el año próximo deberían esperar otros cuatro años para poder imputarlo, lo que no luce razonable. La escasa alternancia de las bancas en el Senado hace más que justificable la preocupación fiscal. El propio Traferri transita su cuarto mandato y tercero consecutivo.

 Otra posición que la mayoría ratifica se da en torno al carácter de los fueros parlamentarios. Para los fiscales, implican un privilegio que pone a los legisladores por encima del resto de los ciudadanos, quebrando el principio de igualdad ante la ley.

 El juez Netri en su voto reafirma lo contrario al entender que “las inmunidades parlamentarias no son un privilegio sino una prerrogativa, que hacen a la garantía de independencia de las Cámaras” y que no son del individuo legislador sino de la Cámara. Y no hay ruptura del principio de igualdad porque tienen “una vigencia temporal en relación al mandato legislativo”.

 María Angélica Gastaldi reiteró que considerar inconstitucional los fueros de los legisladores provinciales como plantean los fiscales había avalado el juez de Cámara Mascali, es vulnerar el sistema representativo, republicano y federal de gobierno que conlleva la “autonomía provincial”.

 Una vez más, el voto disidente de Erbetta marcó otra posición. Para él “la aplicación en el caso en concreto de la inmunidad de proceso implicaría la consagración de un privilegio antirrepublicano”.

Con información de Aire de Santa Fe

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