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Para Perotti los jóvenes son "los únicos privilegiados"

POLÍTICA 19/12/2022 Agencia de Noticias del Interior
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En clave electoral, el gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, vuelve a insistir con dos temas claves: voto joven y extensión de mandatos para presidentes comunales. Ambos fueron incluidos en el temario de más de veinte expedientes para que sean tratados por la Legislatura. El primero busca que los chicos y chicas de 16 y 17 años puedan votar, de forma optativa, en cargos locales; y el segundo propone pasar de dos a cuatro los años de gestión.

Una década después de que el Congreso de la Nación sancionara la Ley 26.774 de Ciudadanía Argentina, conocida como Ley de Voto Joven, Santa Fe es la única provincia de Argentina que no adhirió y no permite que los jóvenes puedan votar en las categorías locales. Simplificando: pueden votar para presidente, pero no a gobernador. El Ejecutivo envió la iniciativa al Senado en 2021, pero en Diputados existen otros cuatro proyectos. Por ahora, ninguno avanza.

 “Nos ayudaría a generar un vínculo mucho más fuerte generacionalmente. Estoy convencido que los de 16, 18, 80 y 90 años somos presente; todos somos el presente, y la sociedad funciona con todos”, expresó Omar Perotti al participar de una actividad con jóvenes a mitad de año. Y agregó: "Este elemento puede ser una herramienta importante, en una provincia donde queremos que se acepten las diferencias, pero no las desigualdades, y ahora algunos podemos votar y otros no, y hay que corregir eso”.

 
"Santa Fe necesita Voto Joven", fue la jornada que se desarrolló en la Legislatura a comienzos de octubre para pedir por el avance de la iniciativa. Fue convocada por los autores de las iniciativas, contó con la participación de funcionarios del Gobierno y cientos de jóvenes. "En Santa Fe todavía tenemos ese desequilibrio que hay que corregir, se trata de un sinsentido", explicó Juan Rober Benegui, director de Boleto Educativo.

Mandatos para presidentes comunales
A comienzos del 2021 el Gobierno propuso, mediante un proyecto de ley que fue enviado al Senado, la extensión del mandato de los jefes comunales y que pasen de dos a cuatro años de gestión. Desde el Ejecutivo entienden que es "indispensable" ampliar los años de mandato por dos situaciones: la primera es la Constitución Nacional que además de definirlos como autónomos ordenó a las provincias asegurar la autonomía municipal y garantizarla en el plano institucional, político, administrativo, económico y financiero. Por otra parte, aseguran que un plazo tan breve dificulta la aplicación y continuidad de las políticas públicas.

 Desde la oposición coinciden en la necesidad de extender los períodos de gobiernos comunales, pero no acuerdan con la modalidad jurídica. Aseguran que la modificación se debe realizar en el marco de reforma de la Constitución de Santa Fe y no por ley. Ante la imposibilidad de avanzar con la Reforma, que intentaron varios gobernadores, el Ejecutivo busca avanzar mediante este tipo de proyectos de ley.

Qué dice el proyecto del Gobierno sobre el Voto Joven
La iniciativa fue remitida a la Legislatura en agosto de 2021 y busca que los chicos y chicas de 16 y 17 años puedan votar, de forma optativa, en cargos locales. En el texto del proyecto, se fundamenta "que cada vez más jóvenes se involucran para tratar de transformar la realidad a través de la práctica política. Hace casi una década que pueden hacerlo. Además de, en las aulas, los colegios y los barrios, también en las urnas. Pero en el caso de Santa Fe, pueden hacerlo únicamente para los cargos nacionales, es decir, pueden elegir al presidente y vicepresidente, a los senadores y diputados nacionales, pero no pueden elegir a las autoridades provinciales y locales”.

 De esta manera, se propone modificar los artículos 2° y 14° de la Ley 4.990. El primero de ellos quedará redactado de la siguiente manera: “Constituyen el cuerpo electoral de la provincia, en calidad de electores, los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años, que estén inscriptos en el Registro de Electores y no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley”.

 En tanto, una sección del artículo 14, quedaría redactado así: “Todo elector tiene el deber de sufragar en cuantas elecciones provinciales, municipales o de comisión de fomento se realicen en su distrito electoral. Quedan exentos de esta obligación los jóvenes entre los 16 y los 18 años, y los mayores de 70 años”.

Con información de Aire de Santa Fe, sobre una nota de JOSÉ GRAELLS

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