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Eduardo Barcesat, abogado constitucionalista: "Las condenas a represores no pueden recibir amnistía"

POLÍTICA 23/03/2024 Agencia de Noticias del Interior
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Eduardo Barcesat explicó que es imposible que el Gobierno aplique beneficios a los condenados por delitos de lesa humanidad a menos que renuncie a tratados internacionales de derechos humanos, para lo que tendría que reunir dos tercios de los miembros que integran ambas cámaras del Parlamento. ”Estos negacionistas pareciera que forman parte de la bestia institucional del Estado terrorista que asoló la institucionalidad argentina en ese nefasto período del 76 al 83”, criticó en Modo Fontevecchia, por Net TV, Radio Perfil (AM 1190) y Radio Amadeus (FM 91.1).

Eduardo Barcesat es abogado constitucionalista y profesor de derecho. Durante 1994 fue convencional constituyente. También se desempeñó como experto en derechos humanos de la UNESCO.

Alejandro Gomel: Estamos cercanos a un nuevo aniversario del 24 de marzo y hay muchos temas dando vueltas. Por ejemplo, el terrible atentado que sufrió una integrante de la agrupación HIJOS ¿Cómo está viviendo lo que está sucediendo a estas horas?

Comenzaría por el tema de la intentona de un indulto presidencial acia los condenados o procesados por crímenes de lesa humanidad o genocidio.

Primero señalar que ha habido dos pronunciamientos, con escasa diferencia de dos días, emanados desde la Cámara Federal de Casación Penal, es decir, el tribunal penal más alto del país, donde, al confirmar condena contra represores, dejaron claramente sentados esas condenas son insusceptibles de ser afectadas por disposiciones tales como la amnistía, el indulto o la conmutación de pena, porque están expresamente vedadas por el derecho internacional de los derechos humanos y por la ley interna Argentina la ley 27 156.

Dejaron bien en claro, para que no hubiera nuevo debate en torno a esto, que en aquellos que están cumpliendo condenas por estos delitos contra la humanidad por hechos atroces y aberrantes no pueden ser beneficiarios ni de la amnistía ni del indulto ni la conmutación de pena.

Esto también ha motivado que presentemos, en una acción de amparo preventivo encabezada por la asociación Abuelas de Plaza de Mayo y el espacio Memoria, Verdad y Justicia de la provincia de Buenos Aires, una acción de amparo preventivo para que el juez señale que aquellos delitos que hemos reseñado recién, los crímenes de genocidio, la desaparición forzada de personas y la aplicación sistemática de tortura, no pueden ser beneficiadas con ninguna de los institutos previstos en la Constitución nacional, porque son crímenes del derecho de gente y las convenciones internacionales están vigentes. 

Por supuesto, si este gobierno intentara renunciar a esos tratados internacionales tendría que reunir dos tercios de los miembros que integran ambas cámaras del Parlamento, cosa que resulta imposible, y descarto que habría un pronunciamiento judicial categórico que sepulte las intentonas que está llevando adelante este Gobierno, que piensa que está por sobre la Constitución y el derecho internacional de los derechos humanos.

Creo que la manifestación del 24 de marzo va a ser lo suficientemente masiva y expresiva en este sentido como para disuadir cualquier intentona de estos negacionistas, que diría yo, pareciera que forman parte de la bestia institucional del Estado terrorista que asoló la institucionalidad argentina en ese nefasto período del 76 al 83, año en que recuperamos la democracia.

AG: Hay otro planteo que se viene haciendo: la posibilidad de que aquellos condenados mayores de 70 años sigan cumpliendo su condena en su domicilio. ¿Está esta posibilidad abierta?

Entiendo que el texto y espíritu de la normativa internacional es que estos delitos son insusceptibles de cualquier beneficio procesal, y así se pronunció la comisión de derechos humanos de la ONU respecto del tema del 2x1. Recordemos también que bajo el gobierno de Macri se intentó que se los beneficiara con un planteamiento de esa índole. Fue masiva la respuesta y el repudio, quedó varado ese planteamiento y se dio marcha atrás, por la Corte Suprema, a la aplicación de ese beneficio procesal. 

De manera que, aunque es un planteamiento de menor gravedad que lo que refiere a una amnistía, indulto o conmutación de pena, también entiendo que sería impugnado por el movimiento de derechos humanos y las entidades defensoras de su cuerpo jurídico si es que pretendiera lanzar un proyecto de esta naturaleza.

AG: El Ejecutivo va a mandar al Senado los pliegos para que ocupen lugares en la Corte Suprema el juez federal Lijo y el catedrático de la Universidad Austral, García Mansilla. ¿Qué le parecen esas designaciones?

Bueno, hace pocos minutos me entrevistaron en una radio de Santa Fe, donde mencionaron, aunque yo no lo escuché, que el ministro de Justicia, quien ha estado visitando la provincia, anunció que el nombramiento sería directamente por decreto, es decir, que no enviarán los pliegos al Senado para su tratamiento y aprobación. Esto me parece que debería ser motivo de alerta. Tenemos que impedir que se viole la supremacía constitucional mediante esta tentativa de obviar al Senado de la Nación, lo cual es lo que, desde el principio, está haciendo este Gobierno. “El congreso no existe ",es un nido de ratas”, “hay que mearles encima”, y todas estas expresiones están delicadas con las que suele “honrar” la institucionalidad Javier Milei.

Creo que va a haber una declaración del Congreso preservando sus incumbencias constitucionales si es que realmente se materializa este decreto que, según los dichos ante una pregunta periodística en Santa Fe, manifestara el ministro de Justicia.

Con información de www.perfil.com

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