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Prepagas: la oposición exige la baja de las cuotas y que se retrotraigan a diciembre

ECONOMÍA 06/03/2024 Maru Pol*
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Ante el desorbitado aumento de las cuotas de la medicina prepaga y la imposibilidad de miles de usuarios de afrontarlas, el diputado de UCR, Martín Tetaz, presentó un proyecto para instar al Poder Ejecutivo a regular esos incrementos y retrotraerlos al mes de diciembre.

Según el diputado de la UCR, "una vez que se desregularon las tarifas no observamos que los médicos estén mejor, que la atención sea superior y que haya más frecuencia de turnos. Lo único que se puede observar es un incremento muy marcado en beneficio de las prepagas por lo tanto es necesario que se derogue el artículo del DNU y se retrotraiga a Diciembre".

A partir del mes de enero de 2024, las prepagas empezaron a efectuar un aumento del 65% de la cuota de su plan de salud, y en febrero un 35% más acumulativo al aumento ya dispuesto.

Tetaz precisó que en total entre la cuota de diciembre 2023 y la de febrero 2024 existe un aumento del más del 100%.

¿Qué plantea Tetáz?

Ante esa situación, el legislador plantea derogar los artículos del DNU de Milei que está siendo debatido en el Congreso vinculados a la desregulación de las obras sociales.

"En nuestro país, reviste vital importancia el sistema de salud prestado por el sector privado. De acuerdo con a la última presentación de padrones frente a la Superintendencia de Servicios de Salud (mayo 2022), 6.796.690 personas se encuentran afiliadas a empresas de medicina prepaga", afirma el diputado radical.

Según el legislador, "aproximadamente el 40% de dichos afiliados son de adhesión directa, mientras que el otro 60% provienen de la derivación de aportes vía planes corporativos o desregulación de obras sociales (información extraída de la página oficial del Ministerio de Salud de la Nación confeccionado por la Secretaría de Equidad).

Tetaz precisó que "esto representa que poco más del 14,77% de la población cuenta con cobertura médica privada", ya que se consideran Empresas de Medicina Prepaga a toda persona física o jurídica, cualquiera sea el tipo, figura jurídica y denominación que consista en brindar prestaciones de prevención, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud humana a los usuarios.

Qué dice el DNU sobre las prepagas

Según el DNU 70/2023 dictado por el PEN dispuso en el capítulo XI, derogar la función de contralor ejercida hacia tales instituciones de medicina prepaga, quedando la libre facultad de las mismas para establecer aranceles y cuotas por las prestaciones que efectúan".

Para el diputado de la UCR, esa situación trajo aparejado desde la entrada en vigencia del DNU "aumentos de hasta 60% en varios casos en un mes" y advirtió que "el escenario actual de recesión e inflación que la sociedad viene atravesando en los últimos años conlleva a que los afiliados a dichos servicios de salud no puedan afrontar las cuotas actuales con aumentos exorbitantes".

En muchos casos, los beneficiarios accedieron a la justicia para solicitar que se condenara a la empresa a dejar sin efecto los aumentos. realizadas en la cuota del servicio de salud por aplicación del DNU N°70/23, además de requerir que se dictara una medida cautelar para readecuar los montos hasta que se resolviera la cuestión de fondo, debido a que los incrementos registrados la colocaban en "un completo estado de incertidumbre".

¿Qué dice el proyecto?

PROYECTO DE LEY MEDICINA PREPAGA

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con fuerza de Ley ...

Artículo 1°. Deróguense los artículos 267, 268 y 269 del D.N.U. 70/2023 del P.E.N.

Artículo 2°. De forma.

El caso testigo

El proyecto cita como ejemplo el amparo contra el Hospital Italiano, en el que el Juzgado Federal en lo Civil y Com. Y Cont. Administrativo. de San Martín Nro. 2 que había hecho lugar -el 15 de enero último- a una medida cautelar solicitada por una ciudadana, de 78 años, quien alegó que con los aumentos de 40 por ciento en enero y casi 30 por ciento en febrero le resultaba imposible pagar la cuota, que representa aproximadamente la mitad de su haber jubilatorio, de 323.089 pesos.

"Como es conocido, todo aumenta menos las jubilaciones y los salarios. El fallo invoca "los principios que rigen la preservación de la salud y la vida de las personas" como derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales, en el Pacto de San José de Costa Rica y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", todos con rango constitucional. Su decisión fue suspender el aumento de plano para esta mujer en particular", asevera el proyecto en los fundamentos.

"Personas que deben sostener tratamientos, que están en una situación de precariedad y en muchos casos dependen de ingresos que el Estado ha decidido limitar. Toda esta situación suscitada, lleva a replantearnos que el objetivo principal que plantea el DNU, revertir la situación de estancamiento y empobrecimiento en que nuestro país se encuentra sumido hace varias décadas", afirma el diputado nacional de la UCR.

¿Cuál es la situación de las prepagas?

Tetaz advierte que "la decisión tomada respecto a la desregularización de las empresas de medicina prepaga no parece haber mejorado la calidad de las prestaciones de los servicios, ni que los médicos sean mejores pagados, llegando incluso a generar inconvenientes en la calidad de vida de los ciudadanos afiliados a dichas instituciones".

Además, al tratarse de un mercado oligopólico, "la competencia es escasa y no garantiza la fijación de un precio accesible y la calidad de la prestación de un buen servicio. Y por tratarse de cuestiones de salud, siendo un mercado de características oligopólicas, el Estado no puede prescindir de la regulación de las tarifas, motivo por el cual aconsejamos la derogación de los citados artículos".

Otro caso testigo

La Justicia federal de San Martín ordenó a una empresa de medicina prepaga abstenerse de aplicar los aumentos dispuestos tras el DNU del gobierno de Javier Milei en el caso de una jubilada de 84 años que no puede afrontar el incremento.

En tanto, jubilados de distintos puntos del país, que hasta ahora podían pagar una prepaga no pueden afrontar los aumentos y están recurriendo a la justicia con amparos y medidas cautelares.

Muchas causas están demoradas porque juzgados las rechazan para que sean tratadas en un amparo colectivo. En algunos juzgados del fuero civil y comercial se traban cuestiones de competencia. Varios abogados se quejan de esta circunstancia, porque explican que todo terminará en la Corte Suprema. Y piensan que hasta que no se resuelva sobre la constitucionalidad o no del DNU, no habrá una sentencia definitiva sobre las prepagas. No obstante, la justicia de San Martín ha admitido varias medidas cautelares a favor de particulares.

Un nuevo fallo del juzgado federal de San Martín ordenó a una empresa abstenerse de aplicar los incrementos dispuestos hasta tanto se acredite algún pronunciamiento de la autoridad de aplicación y hasta que se dicte una sentencia definitiva. También fijó el tope para readecuar las facturas.

La presentación fue realizada por una mujer de 84 años que radicó una acción de amparo contra la empresa de medicina prepaga COBERMED a fin de que la misma se abstenga de aplicar los aumentos del 65% y 35% de la cuota de afiliación por su plan de salud para el mes de enero y febrero 2024, así como cualquier otro aumento o ajuste a dicho plan que no cuente con la debida autorización de la Autoridad de Aplicación.

Solicitó adecuar el valor de la cuota a aquél establecido para el mes de diciembre de 2023. A partir del mes de enero de 2024, la prepaga empezó a efectuar un aumento del 65% de la cuota de su plan de salud, y a partir de febrero un 35% más acumulativo al aumento ya dispuesto.

* Para www.iprofesional.com

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