

Jorge Barraguirre: "Sobre una jubilación de 9 millones de pesos, un descuento de 400 mil no parece un perjuicio grave"
POLÍTICA

El procurador de la Corte Suprema de Santa Fe, Jorge Barraguirre, consideró inadmisibles los amparos presentados por un grupo de exjueces y exfuncionarios contra la reforma y emergencia previsional impulsada por el gobierno provincial. Su dictamen, si bien no es vinculante, representa un respaldo a la postura del Ejecutivo y marca un antecedente en el debate sobre el sistema previsional.
Los exmagistrados y exfuncionarios habían cuestionado la constitucionalidad de dos aspectos centrales de la ley: la imposición de un tope a las jubilaciones y la aplicación de un aporte solidario. La norma establece que, mientras dure la emergencia, nadie puede percibir más de 20 haberes previsionales mínimos, además de obligar a los jubilados del Poder Judicial a realizar aportes adicionales.
Barraguirre explicó que los amparos no reunían los requisitos exigidos por la Constitución Nacional y la provincial. En particular, destacó que para que un amparo sea procedente se deben demostrar dos condiciones: un perjuicio grave e inminente y la manifiesta arbitrariedad de la norma impugnada. Según su evaluación, ninguna de estas condiciones se cumplió en los casos presentados.
Barraguirre explicó que los amparos no reunían los requisitos exigidos por la Constitución Nacional y la provincial. En particular, destacó que para que un amparo sea procedente se deben demostrar dos condiciones: un perjuicio grave e inminente y la manifiesta arbitrariedad de la norma impugnada. Según su evaluación, ninguna de estas condiciones se cumplió en los casos presentados.
Fallos
"En relación al tope jubilatorio, hay fallos previos de la Corte Provincial que han considerado constitucionales límites a las jubilaciones, incluso más bajos que el actual. Por lo tanto, no hay una vulneración manifiesta de derechos", argumentó el procurador en diálogo con Fabián Acosta por UNO 106.3 FM. Además, sostuvo que los afectados podrían acudir a la vía judicial ordinaria para demostrar eventuales perjuicios económicos individuales, pero no a través de una acción de amparo.
Respecto del aporte solidario, Barraguirre indicó que las deducciones establecidas por la ley no implican un daño irreparable para los exfuncionarios que las impugnaron. "Si hablamos de jubilaciones de 8 o 9 millones de pesos, y un descuento de 400 mil, no parece un perjuicio grave. Para demostrarlo, los demandantes deberían probar que ese recorte afecta su ecuación económica familiar", señaló.
También cuestionó el análisis realizado por la sala laboral que había fallado a favor de los amparistas, argumentando que no tomó en cuenta normas fundamentales de la Constitución Provincial, como el deber de los ciudadanos de contribuir a los gastos públicos según su capacidad y la posibilidad de reducir los ingresos de funcionarios en situaciones excepcionales.
El dictamen ahora será analizado por la Corte Suprema de Santa Fe, que deberá resolver en los próximos meses si confirma o revoca las decisiones judiciales previas. En tanto, el gobierno provincial continuará aplicando la reforma previsional, ya que ningún fallo ha suspendido su vigencia.
CON INFORMACION DE UNOSANTAFE.








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